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Número de Identificación Tributaria
Con el objetivo de simplificar los trámites para las personas naturales o jurídicas, el proceso de asignación de NIT se puede solicitar a través de la Cámara de Comercio de Bogotá.
En ese sentido, debes presentar la documentación especificada en la Resolución DIAN 52 de 2016 y la Resolución 110 de 2021. Si ésta se encuentra completa, la Cámara de Comercio enviará tal información a la DIAN quien asignará el NIT de manera virtual.
En el registro
En el registro como persona natural comerciante deberás presentar el formato de la carta de responsabilidades de la persona natural y como sociedad el formato de la carta de responsabilidades de la persona jurídica, el cual se podrá diligenciar en cualquiera de las sedes de la CCB y original del documento de identidad del empresario o el representante legal en caso de persona jurídica junto con su fotocopia.
Posterior al registro
Posterior al registro en la CCB, podrás verificar el estado del RUT aquí y recibirás una copia al correo electrónico indicado en la documentación entregada.
Sí el trámite se realiza a través de apoderado, se debe anexar también el original y fotocopia de su documento de identidad, así como una fotocopia del documento de identidad de la persona que otorga el poder; original del poder especial o copia simple del poder general, junto con la certificación de vigencia de este expedida por Notaria, cuando el poder general tenga una emisión mayor de seis (6) meses.